Posicionamento Ante la Ley Trans

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El Monitor de Opinión Pública presenta información de seguimiento de la opinión pública, incluyendo información de actitudes relativas a fenómenos políticos y a temáticas sociales de interés para la población uruguaya.

La información brinda insumos para comprender el contexto social en que se desarrolla el ejercicio del gobierno, la política nacional y la vida social de los uruguayos.

la información presentada proviene de una encuesta en redes sociales a través de avisos en Facebook e Instagram. La muestra se compone de 1523 personas mayores de 18 años residentes en todo el país. La medición fue realizada entre el 9/11/2018 y el 26/11/2018 sobre la base de un muestreo con cuotas por sexo, edad y región. Los resultados se encuentran ponderados por nivel educativo y voto anterior del encuestado. La encuesta fue contratada por Montecarlo Televisión en conjunto con  diversos actores políticos.

Los informes son presentados como primicia en los informativos de Telenoche 4

Resultados

Gráfico 1.  Posición sobre la ley Trans

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Gráfico 2.  Posición sobre la ley Trans según intención de voto.

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Gráfico 3. Posición sobre Hormonización Adolescente

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Gráfico 4. Posición sobre pensión reparatoria.

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Gráfico 5. Posición sobre hormonización y pensión reparatoria según intención de voto.

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Análisis

A mediados de octubre pasado, el Parlamento uruguayo aprobó la Ley Integral para Personas Trans (más popularmente conocida como “Ley Trans”). Entre otras medidas, dicha ley establece: la obligatoriedad para diferentes organismos públicos de destinar un 1% de cupo laboral a personas trans en los llamados a empleos públicos; el acceso a una reparación económica de 3 bases de prestaciones y contribuciones (BPC) por parte de las personas trans nacidas antes de 1975 que demuestren haber sido víctimas de violencia institucional de género durante el último gobierno militar; la transformación del cambio de nombre y sexo en trámite administrativo en lugar de judicial y la posibilidad de acceder a tratamientos de hormonización por parte de población adolescente sin ser necesario el consentimiento de los responsables legales a cargo. La ley contó con 17 votos favorables en el Senado y 62 votos en Diputados. Votaron a favor todos los legisladores del Frente Amplio, Unidad Popular y el Partido Independiente (este último con algunos reparos a algunos artículos del proyecto) y una minoría de diputados blancos y colorados. El proceso de debate parlamentario tuvo un fuerte impacto mediático y suscitó importantes movilizaciones colectivas a favor y en contra de la ley.

En nuestro Monitor Web de Opinión Pública de noviembre entendimos pertinente conocer el posicionamiento ciudadano en torno a la ley y sus artículos más debatidos. En el gráfico 1 observamos la evaluación ciudadana ante la ley en general y corroboramos una división en tres grandes grupos, con un leve predominio de quienes se oponen por sobre quienes se encuentran a favor de la misma (38% contra 33%) y con un significativo 27% que no tiene posición fijada. Los posicionamientos se encuentran a su vez fuertemente asociados a la intención de voto. Mientras 70% de los frentistas se manifiesta a favor de la ley, en los votantes de los dos principales partidos de oposición estas tendencias descienden al 10%, en tanto la población que votaría blanco o anulado tiene un alto porcentaje sin postura definida (42%) y cierto predominio de quienes se oponen (35%) por sobre quienes apoyan la ley (23%).

Se observa por tanto que una contundente mayoría del electorado frentista acompaña la posición de sus referentes parlamentarios mientras que el electorado de los partidos fundacionales sintoniza en su amplia mayoría con la postura contraria que prevaleció entre sus dirigentes. En todos los electorados, al mismo tiempo, hay segmentos significativos sin una posición fijada en la materia que van desde el 20% en el caso de los frentistas al 38% en la población que votaría blanco/anulado.

Nuestra encuesta también indagó sobre el posicionamiento ciudadano en torno a los dos artículos que más atención tuvieron en el debate público. De un lado, formulamos una pregunta para conocer la opinión sobre la posibilidad de acceder a tratamientos de hormonización por parte de la población trans adolescente por vía judicial y sin ser necesario el consentimiento de los responsables legales (para una interpretación más sencilla, nuestra pregunta inquirió sobre la hormonización adolescente sin necesidad de obtener consentimiento de los padres). Según los especialistas, cuando estos tratamientos tienen lugar en menores de edad, generalmente se avalan para adolescentes de 16 y 17 años por lo cual utilizamos dichas edades como marco de referencia. Al observar los resultados se constata por claro margen el desacuerdo ante dicho artículo específico, con un 46% totalmente en desacuerdo y otro 22% más bien en desacuerdo.

El otro artículo específico por el que consultamos a la ciudadanía refiere a la pensión reparatoria por violencia institucional estatal para el caso de las personas trans nacidas antes de 1975. De acuerdo a los propulsores de la ley, esta pensión (que actualmente equivale a unos 11.500 pesos) está especialmente pensada como reparación a eventuales procesos de discriminación sufridos por la población trans durante el último gobierno de facto en Uruguay (1973-1985). En este caso, se observa una población bastante dividida aunque con una mayoría en desacuerdo con dicha pensión reparatoria (55% contra 45%).

 Al mismo tiempo, vuelve a constatarse una muy fuerte mediación de la identidad político-partidaria en los apoyos y rechazos a los mencionados artículos de la ley trans. En el caso de los frentistas, 60% apoya la habilitación de hormonización adolescente y 80% la pensión reparatoria. Las tendencias se invierten plenamente en el electorado blanco y colorado, donde casi 9 de cada 10 se oponen a la hormonización en adolescentes y 8 de cada 10 a la pensión reparatoria. La población que votaría en blanco o anulado se encuentra entre medio de ambos electorados, aunque con clara prevalencia de quienes se oponen a ambos artículos de la ley (71% en el caso del artículo sobre hormonización y 57% en el caso de la pensión reparatoria). De la comparación de apoyos a cada artículo también se desprende que en todos los electorados es mayor el apoyo a la pensión reparatoria que a la hormonización adolescente, un hecho que se condice con el mayor debate que provocó el articulo referido a los derechos de los menores de edad trans durante el proceso de elaboración y aprobación de la ley.

En suma, la ley integral para personas trans constituye otro de los hitos de la llamada nueva agenda de derechos. Un aspecto central de esta agenda es el diseño de una serie de medidas y reformas legales (varias de ellas basadas en acciones afirmativas) a favor de diversos colectivos identitarios (especialmente de género o étnico-raciales). En el caso de la ciudadanía, mientras en algunas propuestas emparentadas con esta agenda (como ser la ley de cuotas para mujeres parlamentarias) una clara mayoría se posiciona a favor, en el caso de la ley trans hay una significativa división ciudadana, con leve predominio de quienes se oponen a dicha medida. A la inversa que en otros temas de género, estas divisiones están fuertemente mediadas por las preferencias político-partidarias. Mientras el electorado frentista acompaña en su mayoría la ley trans y sus principales artículos, lo opuesto sucede con el electorado opositor. El posicionamiento ante la ley trans se suma pues a una larga lista de diversas temáticas que constata la existencia de dos electorados fuertemente diferenciados no sólo en sus preferencias político-partidarias sino también en una diversidad de ejes ideológicos subyacentes que intervienen sobre el comportamiento electoral.

* Ante cualquier consulta relativa a éste u otros servicios comunicarse con Opción Consultores [email protected] ; Tel. (598) 2413-6509.

 

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